Los conductores profesionales deberán abstenerse de consumir alcohol ya que se rebaja el límite actual de 0.25 mg/I a 0,10 mg/l. Las sanciones por superar este límite oscilan entre 500 y 1.000 euros.

En un claro compromiso por la seguridad vial, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado una importante reducción en la tasa de alcoholemia permitida para conductores profesionales. La nueva normativa, que se enmarca dentro de la reforma del Reglamento General de Conductores, fija un límite de 0,10 mg/l de alcohol por litro de aire espirado, lo que supone una notable bajada respecto a los 0,25 mg/l permitidos hasta ahora.

Esta medida, que entrará en vigor en breve, busca reducir de forma drástica la siniestralidad vial causada por el consumo de alcohol al volante, especialmente entre los colectivos más vulnerables como son los usuarios de transporte público y privado. Cabe destacar que, si bien en 2023 solo 75 de los 1.145 fallecidos en accidentes de tráfico viajaban en vehículos con conductores profesionales, la DGT considera que cualquier medida que contribuya a salvar vidas es fundamental.

Objetivo: cero accidentes

La reducción de la tasa de alcoholemia para profesionales forma parte de un paquete de medidas más amplio que tiene como objetivo final alcanzar la cifra de cero víctimas mortales en las carreteras españolas. Entre otras acciones, la DGT también está trabajando en la reducción de las conductas de conducción agresiva y en la concienciación sobre los riesgos de conducir bajo la influencia de alcohol y drogas.

«Tolerancia cero» para profesionales

La nueva normativa establece una clara «tolerancia cero» para los conductores profesionales, quienes deberán abstenerse por completo de consumir alcohol antes de ponerse al volante. Con el nuevo límite de 0,10 mg/l, incluso pequeñas cantidades de alcohol en sangre pueden dar lugar a sanciones económicas de entre 500 y 1.000 euros, con la posibilidad de una reducción del 50% si se abonan en un plazo de 20 días naturales.